La solicitud de este beneficio puede ser ingresada a través del canal digital del Instituto de Previsión Social, ingresando al sitio www.ipsenlinea.cl. Es necesario contar con la Clave Única.
El Bono por Hijo es un beneficio creado en el marco de la reforma previsional en 2008, con el objetivo de incrementar el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega de una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado.
Esta bonificación comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales. Por ejemplo, si el hijo o hija nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009. En caso de los bebés nacidos en 2020, el monto sería de $48.750 mensuales.
¿Quiénes pueden solicitar el Bono por Hijo?
Respecto a los requisitos del beneficio el Director de IPS Atacama, Hugo Plaza Piña, informó que el Bono por Hijo puede ser solicitado por madres mayores de 65 años que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009, ya sea desde una AFP o del Pilar Solidario (Pensión Básica Solidaria).
También pueden solicitarlo las madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS).
Además, la solicitante debe acreditar residencia en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplió 20 años. Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.
¿Cómo se postula en línea al Bono por Hijo?
Para acceder al Bono por Hijo sin acudir a una sucursal ChileAtiende, la interesada deberá entrar al sitio www.ipsenlinea.cl, luego escribir su RUT y hacer clic en “ingresar”. En la sección trámites debe seleccionar “Bono por Hijo”. En este paso se le solicitará ingresar Clave única para continuar.
En caso de no contar con la Clava única, el Director de IPS Atacama recuerda que el código de activación puede ser solicitado de manera presencial en las sucursales de ChileAtiende y del Registro Civil, para lo cual es importante tener una cuenta de correo electrónico vigente.
Cabe consignar que una vez ingresada la solicitud del beneficio el Instituto de Previsión Social (IPS) emitirá una resolución sobre la aprobación o rechazo del beneficio, la que deberá ser retirada en persona o por un representante legal en una sucursal ChileAtiende. También está la opción de consultar por el estado del trámite, llamando al número 101, en horario de 8:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.